El control horario es mucho más que fichar: descubre tus obligaciones reales y cómo evitar sanciones.
Desde que en 2019 entró en vigor la normativa que obliga a registrar la jornada laboral, muchas pymes lo reducen a un simple “fichar la entrada y salida”. Sin embargo, el registro horario es un instrumento legal clave que puede jugar a favor de la empresa… o convertirse en su peor enemigo.
¿Qué exige realmente la ley?
- Todos los trabajadores, sin excepción (indefinidos, temporales, parciales, en remoto), deben registrar inicio y fin de su jornada.
- El registro debe reflejar la jornada real, no la teórica del contrato.
- Los registros deben conservarse al menos 4 años y estar disponibles en caso de inspección.
- La empresa es la responsable de implantar un sistema fiable y accesible.
Los errores más comunes de las pymes
- Usar hojas Excel o firmas en papel: fácilmente manipulables y sin validez probatoria.
- Olvidar a los teletrabajadores: la ley no distingue entre oficina o remoto.
- No cuadrar con nóminas y horas extra: si los datos no coinciden, la Inspección lo detecta.
- No guardar los registros: un descuido que puede costar hasta 6.250 €.
Sanciones habituales
El incumplimiento del registro horario se considera infracción grave y puede suponer multas de 751 a 7.500 €, además de reclamaciones de horas extra no abonadas con efecto retroactivo.
Cómo hacerlo fácil y legal
- Implanta una aplicación digital que registre de forma segura.
- Establece un protocolo interno para olvidos o incidencias.
- Conecta el registro con nómina y RRHH para coherencia total.
- Informa y forma a los trabajadores: lo que no se entiende, no se cumple.
El registro horario no es un trámite burocrático, es la mejor defensa de la empresa ante inspecciones y reclamaciones. En Yaura Gestoría te ayudamos a implantar sistemas legales, sencillos y adaptados a tu negocio.
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