¿Hacienda somos todos? Sobrevive al inicio fiscal sin arruinarte

Claves disruptivas para dominar el modelo 303 y 111 este trimestre: lo que tu antigua gestoría no te contó sobre deducir gastos invisibles y evitar sanciones automáticas.

Enero tiene dos caras. Para el mundo es el mes de los nuevos propósitos y las rebajas. Para ti, autónomo o empresario, es el mes de la «Resaca Burocrática». Mientras te recuperas de las navidades, la Agencia Tributaria te espera con los brazos abiertos y un calendario que no perdona.

Seguro que has escuchado el eslogan «Hacienda somos todos». Pero cuando llega el día 30 de enero y ves salir el dinero de tu cuenta, sientes que «todos» sois tú y tu liquidez.

En Yaura Asesoría no nos gusta el miedo, nos gusta la estrategia. Por eso, no vamos a darte la chapa teórica que puedes leer en el BOE. Vamos a contarte cómo cerrar el cuarto trimestre (4T) y el resumen anual sin regalarle ni un euro de más al fisco y sin cometer los errores novatos que las máquinas de Hacienda detectan en milisegundos.

El «Tetris» fiscal de enero: Más allá de pagar

Este mes no solo presentas los impuestos del último trimestre del año anterior (el 4T), sino que cierras el año fiscal completo. Es el momento de la verdad. Si los números de tus trimestres anteriores no cuadran con el resumen anual (Modelo 390 o 190), la luz roja de la inspección se enciende sola.

Pero centrémonos en lo inmediato: tu bolsillo y los modelos 303 (IVA) y 111 (Retenciones).

Los «Gastos Invisibles»: Lo que tu antigua gestoría ignoraba

El error número uno del autónomo es pensar que solo se deduce lo que tiene una factura en papel A4 encima de la mesa. Error. Hay gastos que se pierden en el limbo digital y que son dinero tirado a la basura si no los incluyes.

Para que un gasto sea deducible en el Modelo 303, la regla de oro es la correlación con los ingresos: debe ser necesario para tu actividad. Pero, ¿estás metiendo esto?

  • Comisiones de plataformas de pago: Si cobras por PayPal, Stripe o TPV, esas micro-comisiones son un gasto deducible. Sumadas a fin de año, pueden ser cientos de euros que reducen tu beneficio y, por tanto, tus impuestos.
  • Suscripciones de software en la nube: El hosting de tu web, la licencia de Canva, el pago a Google Workspace. A menudo llegan facturas intracomunitarias (sin IVA) que muchos olvidan contabilizar como gasto en IRPF.
  • La «pequeña» tesorería: Ese ticket de parking cuando fuiste a ver al cliente, el peaje o la compra de material de oficina urgente.

Ojo: No hablamos de «meterlo todo» (como la ropa o la comida del súper, que Hacienda tumba siempre), sino de no olvidar lo que es legítimo y a menudo se queda sin contabilizar por pereza.

La trampa del Modelo 111: No son solo tus empleados

Si crees que el Modelo 111 es solo para empresas con trabajadores, cuidado. Este es el modelo donde ingresas a Hacienda el IRPF que has retenido a terceros.

¿Has pagado a otro autónomo este trimestre? ¿A un diseñador web, un abogado o un asesor que te puso retención en su factura? Si la respuesta es sí, tú eres el recaudador. Debes ingresar ese dinero en Hacienda. Si se te olvida incluir esa factura en el 111, Hacienda te reclamará ese dinero más tarde con recargo, y la culpa será exclusivamente tuya, no del profesional que contrataste.

El algoritmo no perdona: Sanciones automáticas

Antiguamente, podías presentar un impuesto un día tarde y, si tenías suerte, el funcionario de turno no se daba cuenta hasta meses después. Hoy no.

El sistema de la AEAT está totalmente automatizado.

  • Si presentas el modelo un día fuera de plazo: Recargo automático.
  • Si te equivocas en una cifra y haces una complementaria tarde: Recargo.

La «notificación electrónica» es el nuevo susto en el buzón. Por eso, en Yaura insistimos tanto en la previsión. Esperar al último día (30 de enero para el IVA) es jugar a la ruleta rusa con la web de Hacienda, que suele colapsarse.

No eres un número, eres un estratega

El inicio del año fiscal es el mejor momento para dejar de ver la asesoría como un «mal necesario» y empezar a usarla como herramienta de ahorro. Presentar impuestos lo hace cualquiera (o una máquina); planificar tu año para pagar lo justo, eso es otra historia.

Si este enero sientes que tu gestoría solo «pica datos» sin mirar por tu dinero, quizás es hora de cambiar.


Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Hasta qué día tengo para presentar el IVA del cuarto trimestre? Para el cuarto trimestre del año (y los resúmenes anuales), el plazo se extiende habitualmente hasta el 30 de enero. Sin embargo, si quieres domiciliar el pago en tu cuenta bancaria, el plazo suele acortarse unos días (generalmente hasta el 25). No te despistes.

¿Puedo deducirme la gasolina si soy autónomo? Es la pregunta del millón. Para el IVA, Hacienda suele aceptar el 50% si usas el vehículo para trabajar y para vida personal. Para deducirte el 100% (y también en IRPF), debes demostrar que el vehículo es exclusivo para la actividad (taxistas, transportistas, agentes comerciales colegiados). Si no eres uno de ellos, cuidado con deducir el 100%, es carne de inspección.

¿Qué pasa si no tengo dinero para pagar los impuestos este mes? No dejes de presentarlos nunca. Presenta el modelo y solicita un aplazamiento. Hacienda permite aplazar deudas de IVA (hasta ciertos límites, actualmente 30.000€ sin aval, aunque la normativa cambia, consúltanos) de forma relativamente sencilla. Lo peor que puedes hacer es no presentar nada («hacerte el muerto»), porque la sanción será mucho mayor.


«En Yaura Asesoría siempre decimos: el dinero mejor ahorrado no es el que evades, sino el que deduces correctamente con la ley en la mano. Dormir tranquilo no tiene precio.»Equipo de Especialistas Fiscales de Yaura Asesoría

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